Economía
El Servicio Social se reconoce para la jubilación de las mujeres
En España, este servicio estuvo vigente de 1937 a 1978
El Tribunal Supremo ha reconocido por primera vez el derecho de una mujer a computar el tiempo que realizó el llamado "Servicio Social de la Mujer", vigente de 1937 a 1978, para alcanzar el mínimo de cotización de la jubilación anticipada, como se hace con la "mili" de los hombres, según informa agencia Efe.
La Sala de lo Social aplica en su sentencia la perspectiva de género al artículo 208.1b de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), que contempla que para acreditar un periodo mínimo de cotización a efectos de la jubilación anticipada, se podrá computar el periodo de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria con un límite de año.